{"id":21577,"date":"2024-10-04T17:55:23","date_gmt":"2024-10-04T17:55:23","guid":{"rendered":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/?p=21577"},"modified":"2025-12-03T15:41:16","modified_gmt":"2025-12-03T15:41:16","slug":"especializacion-en-sindicatura-concursal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/blog\/especializacion-en-sindicatura-concursal\/","title":{"rendered":"Especializaci\u00f3n en Sindicatura Concursal"},"content":{"rendered":"<div style=\"text-align: center\"><strong>Carrera<\/strong> <strong>Acreditada por la CONEAU IF-2018-12440407-APN-CONEAU#ME<br \/>\n<\/strong><a href=\"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/RES-2498-19-ME-ESP.-EN-SINDICATURA-CONCURSAL.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Res. 2019 &#8211; 2498 &#8211; APN &#8211; ME<\/a><\/div>\n<div style=\"text-align: center\"><\/div>\n<div><\/div>\n<p><!--more--><\/p>\n<div>\n<p><strong>Directora: Esp. \u00a0Celina Mar\u00eda Mena<\/strong><\/p>\n<h2>Informes e inscripciones<\/h2>\n<\/div>\n<div>Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas \u2013 UNT \u2013 Avda. Independencia 1900 \u2013 4000 San Miguel de Tucum\u00e1n.<\/div>\n<div>\n<p>Tel: (0381) 153645391<br \/>\nEmail: espsindicaturaconcursal@face.unt.edu.ar<\/p>\n<div style=\"text-align: justify\"><a href=\"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/Solicitud-Individual-de-Admision-Sindicatura-Concursal-y-Crisis-Empresaria.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">SOLICITUD DE ADMISI\u00d3N<\/a><\/div>\n<div style=\"text-align: justify\"><a href=\"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/Carta-de-Recomendacion-Especializacion-en-Sindicatura-Concursal-y-Crisis-Empresaria.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">CARTA DE RECOMENDACI\u00d3N<\/a><\/div>\n<\/div>\n<h2><strong><br \/>\n<\/strong>Objetivos:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">La carrera tiene como objetivos formar especialistas en temas concursales y crisis de empresas sobre la base de la profundizaci\u00f3n en el estudio de la legislaci\u00f3n y jurisprudencia vigente en la materia y su complementaci\u00f3n con temas jur\u00eddicos y econ\u00f3micos \u2013 contables necesarios para dicha especializaci\u00f3n, de manera que con los conocimientos y pr\u00e1ctica adquirida, la soluci\u00f3n a los problemas de crisis e insolvencia de los sujetos sea m\u00e1s efectiva y r\u00e1pida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Formar profesionales que puedan actuar con suficiente idoneidad y solvencia en el ejercicio de las funciones de S\u00edndico, y profesionales part\u00edcipes en los procesos concursales, contadores o abogados, encuadr\u00e1ndose en lo normado por la Ley 24522, de manera que el proceso siga el camino adecuado y puedan intervenir en situaciones de crisis empresarias advirtiendo, anticipando y aconsejando soluciones previas a los procesos concursales cuando ello es factible o bien la soluci\u00f3n concursal oportuna.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Profundizar los conocimientos jur\u00eddicos, contables y de auditor\u00eda complement\u00e1ndolos con la aplicaci\u00f3n de dichos conocimientos a casos reales de empresas en crisis y a los informes que debe presentar el s\u00edndico concursal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>T\u00edtulo que otorga<\/strong>: Especialista en Sindicatura Concursal<\/p>\n<h2 style=\"text-align: justify\">Descripci\u00f3n General:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">El plan de estudios de la carrera de posgrado Especializaci\u00f3n en sindicatura Concursal\u00a0 est\u00e1 basado en los est\u00e1ndares internacionales en posgrados. Las exigencias del programa se han ajustado a las normas establecidas por la Resoluci\u00f3n N\u00ba 1168\/97 del Ministerio de Cultura y Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n y por el Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El dictado de los cursos y la realizaci\u00f3n de las pr\u00e1cticas se han estructurado en cuatro cuatrimestres, con dos d\u00edas de clases a la semana, para permitir un mayor aprovechamiento del tiempo por parte de los alumnos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El plan de estudios se compone de <span style=\"text-decoration: line-through\">\u00a0\u00a0<\/span>quince (15) cursos,\u00a0 y un trabajo final.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Las pruebas de evaluaci\u00f3n pueden tomar m\u00faltiples formas: evaluaci\u00f3n de trabajos, discusi\u00f3n de casos, pruebas pr\u00e1cticas y ex\u00e1menes orales o escritos.<\/p>\n<h2 style=\"text-align: justify\">Requisitos de admisi\u00f3n:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">. T\u00edtulo universitario, con duraci\u00f3n m\u00ednima de cuatro a\u00f1os, \u00a0de Contador P\u00fablico, Licenciado en Administraci\u00f3n, Licenciado en Econom\u00eda o Abogado expedido por Universidades del pa\u00eds con reconocimiento oficial, o por Universidades extranjeras cuyos t\u00edtulos re\u00fanan las condiciones para ser reconocidos en el pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">. Aprobar el proceso de admisi\u00f3n que tendr\u00e1 en cuenta antecedentes acad\u00e9micos y laborales y contemplar\u00e1 entrevistas y pruebas ad-hoc. A estos efectos se constituir\u00e1 una Comisi\u00f3n de Admisi\u00f3n, que estar\u00e1 integrada por el Director y el Comit\u00e9 Acad\u00e9mico de la Especializaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Cupo:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Se establece un cupo de cuarenta (40) alumnos por a\u00f1o, en raz\u00f3n de la capacidad de atenci\u00f3n y el grado de interacci\u00f3n con los alumnos que se considera necesario en estudios de esta naturaleza. El programa se activar\u00e1 cuando se haya admitido al menos veinte (20) alumnos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Costo:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Los participantes pagar\u00e1n aranceles. Se estima que el programa se autofinancia por lo que los aranceles se fijan en funci\u00f3n de los costos necesarios para su implementaci\u00f3n. El Reglamento Interno establecer\u00e1 los aranceles adecuados a la premisa de autofinanciaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Becas:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">La Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas ha previsto otorgar becas parciales, a sus Docentes y Graduados, en el programa de Especializaci\u00f3n en Sindicatura Concursal y Crisis Empresaria con un criterio restrictivo que no impida la autofinanciaci\u00f3n del programa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dise\u00f1o Curricular:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El Plan de Estudios de la Especializaci\u00f3n en Sindicatura Concursal y Crisis Empresaria de 2 a\u00f1os de duraci\u00f3n y \u00a0de cuatro (4) cuatrimestres, tiene la siguiente estructura:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong><em>Cursos:<\/em><\/strong> Cuatro (4) cuatrimestres con quince (15) cursos y una carga horaria total es de 372 horas reloj, ofreci\u00e9ndose simult\u00e1neamente lo te\u00f3rico y lo pr\u00e1ctico en forma interrelacionada.<\/p>\n<h2 style=\"text-align: justify\">Listado de Actividades Curriculares \u2013 Descripci\u00f3n de los Cursos<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Auditor\u00eda y An\u00e1lisis de los Estados Contables<\/strong>: Auditor\u00eda realizada por el s\u00edndico concursal. El proceso de formaci\u00f3n del juicio del Auditor. Seguimiento y administraci\u00f3n del trabajo de sindicatura. Desarrollo de una cronolog\u00eda comparativa entre la auditor\u00eda financiera y la auditor\u00eda concursal. Planificaci\u00f3n de la auditor\u00eda y de los Informes de la Sindicatura. (del Pasivo Informe del art 35LCQ, del activo (art. 39 LCQ), del cumplimiento de las normas legales y fiscales art 14 ins. 12,\u00a0 del pasivo laboral en particular art. 14 inc. 11. Auditor\u00eda del activo con miras a las acciones de recomposici\u00f3n patrimonial). Informes de sindicatura. Distintos tipos. Informe sobre los Pasivos: informe del art\u00edculo 35 de la ley concursal. Informe general \u2013 an\u00e1lisis econ\u00f3mico utilizado para la determinaci\u00f3n de la \u00e9poca y causas de la cesaci\u00f3n de pagos. El estado de insolvencia patrimonial. El desequilibrio econ\u00f3mico. La cesaci\u00f3n de pagos. Determinaci\u00f3n de la existencia de la cesaci\u00f3n de pagos. Determinaci\u00f3n de la \u00e9poca y fecha de acaecimiento de la cesaci\u00f3n de pagos. Determinaci\u00f3n de las causas de la cesaci\u00f3n de pagos. Informe general. Estado de situaci\u00f3n patrimonial. An\u00e1lisis y Control de flujo de fondos. An\u00e1lisis de estados contables.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Laboral y del Trabajador<\/strong>: Orden p\u00fablico laboral. Contrato de trabajo. Registraci\u00f3n laboral. La remuneraci\u00f3n y su tutela. Suspensi\u00f3n de ciertos efectos del contrato laboral. Extinci\u00f3n del contrato de trabajo. Diversas causales. Indemnizaciones. Liquidaci\u00f3n final en cada caso. Privilegios. Las relaciones laborales en el concurso o quiebra del empleador. El deber de verificar. Pronto pago. Cooperativas de trabajo en la continuaci\u00f3n de la explotaci\u00f3n y en la compra de la empresa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Concursal I<\/strong>: Ley 24.522. Su estructura general.\u00a0 Reformas que introduce la ley 26.086 y 26684. Presupuesto objetivo. Teor\u00edas. Presupuesto subjetivo. Funcionarios. El s\u00edndico. Rol y naturaleza de la funci\u00f3n sindical. Clasificaci\u00f3n del pasivo con relaci\u00f3n al tiempo en los procesos concursales. El privilegio en materia concursal. Divisi\u00f3n del pasivo del concursado seg\u00fan su graduaci\u00f3n. Pasivos del deudor en gesti\u00f3n judicial. Fuero de atracci\u00f3n. Tratamiento de los\u00a0 siguientes conceptos en el concurso preventivo: inter\u00e9s, deudas no dinerarias, deudas en moneda extranjera. Solicitud de apertura de concurso preventivo. Pasivo denunciado por el deudor. Oportunidad. Registros y documentaci\u00f3n respaldatoria. Dictamen exigido. Facultades del \u00f3rgano jurisdiccional. Efectos de concurso. Pronto pago de cr\u00e9ditos laborales. Verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos. Informe individual de verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos. Resoluci\u00f3n judicial sobre los pedidos de verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos. Revisi\u00f3n. Categorizaci\u00f3n de acreedores. La propuesta de acuerdo. Homologaci\u00f3n del acuerdo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Procesal I<\/strong>: El Derecho Procesal. Efectos de las leyes procesales en el tiempo y en el espacio. La jurisdicci\u00f3n. Jurisdicci\u00f3n contenciosa y voluntaria. Competencia. Competencia en materia concursal. Organizaci\u00f3n de la Justicia Ordinaria Provincial. El proceso. Procesos universales. El concurso como proceso: semejanzas y diferencias con los procesos ordinarios. El proceso concursal como ejecuci\u00f3n colectiva. Principios procesales. Fuero de atracci\u00f3n concursal. Pautas art. 21 L.C. Pronto pago laboral. Concurso especial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Fiscal:<\/strong> Responsabilidad tributaria del s\u00edndico. Ley 11.683. Deberes formales y materiales. Responsabilidad solidaria. Determinaci\u00f3n de oficio. Obligaci\u00f3n de solicitar verificaci\u00f3n del fisco. Costas procesales. Verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos fiscales concursales. Prescripci\u00f3n concursal. Prescripci\u00f3n Ley 11.683. Jurisprudencia. Acuerdo concursal. Quitas. Su tratamiento impositivo. Solve et repet. Su vigencia en materia concursal. Reg\u00edmenes vigentes en materia sobre facilidades crediticias. Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Responsabilidad del s\u00edndico concursal. Sistema recursivo previsto en la ley 11.683. Principios vigentes. Jurisprudencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Concursal II<\/strong>: Informes de la sindicatura durante el tr\u00e1mite del concurso preventivo y la quiebra. Informes del art. 14 inc. 11. Informes del art. 14 inc. 12. Informe general del s\u00edndico. R\u00e9gimen del salvataje. La cooperativa de trabajadores en el Cram Down. Acuerdo preventivo extrajudicial. Partes. Tr\u00e1mite. Homologaci\u00f3n. Efectos. Concurso preventivo en caso de agrupamiento. Quiebra por incumplimiento y nulidad. La quiebra. Recursos. Efectos. Conversi\u00f3n de quiebra en concurso preventivo. Extensi\u00f3n de la quiebra o de la responsabilidad. Grupos econ\u00f3micos. Socios limitados.\u00a0 Administradores,\u00a0 Gerentes, directores, s\u00edndicos societarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>An\u00e1lisis de Crisis Empresaria y T\u00e9cnicas de Negociaci\u00f3n:<\/strong> An\u00e1lisis diagn\u00f3stico de las dificultades financieras seg\u00fan su origen. An\u00e1lisis financiero de la empresa. Evaluaci\u00f3n de las proyecciones de operaciones. Reestructuraci\u00f3n de empresas: operativa y financiera. Armado de un plan de negocios. Estilos de direcci\u00f3n. Misi\u00f3n, visi\u00f3n y cultura de la direcci\u00f3n general. Cambio estrat\u00e9gico y armado de equipos directivos. Concepto de negociaci\u00f3n. Importancia de la negociaci\u00f3n inteligente. Caracter\u00edsticas de todas las negociaciones. Los intereses. Distintos m\u00e9todos de negociaci\u00f3n\u00a0 Diferencia con las posiciones. Posibilidades de una negociaci\u00f3n colaborativa. Aprovechamiento de la informaci\u00f3n y la inteligencia del otro. Alternativas y opciones. El acuerdo. Soluci\u00f3n conjunta de problemas. Diferencia entre opciones y propuestas. An\u00e1lisis de riesgo para transacci\u00f3n de juicios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Comercial: <\/strong>Obligaciones. Mora. T\u00edtulos de cr\u00e9ditos. Contratos. Estudio de ciertos contratos y sus efectos en los concursos y quiebras. Contratos de colaboraci\u00f3n empresaria (ley 22.903). Consorcios de cooperaci\u00f3n (ley 26.005). Joint Venture. Alianzas estrat\u00e9gicas. Leasing. R\u00e9gimen legal. Fideicomiso. R\u00e9gimen legal. Derecho de las garant\u00edas. Garant\u00edas reales. Hipotecas. Letras hipotecarias. Prenda. Distintos tipos de Prenda. Fideicomiso en garant\u00eda. Garant\u00edas personales. Fianza. Aval. Contratos bancarios. Liquidaci\u00f3n de entidades financieras. Sociedades comerciales, irregulares y de hecho. Agrupaciones empresariales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Taller de T\u00e9cnicas y Normas. Investigaci\u00f3n<\/strong>: Tipos y trabajos. Fuentes de informaci\u00f3n bibliogr\u00e1ficas. Tema de investigaci\u00f3n. Marco te\u00f3rico. Hip\u00f3tesis. Metodolog\u00eda. Normas de exposici\u00f3n oral y escrita.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Procesal II<\/strong>: Principios procesales gen\u00e9ricos en materia concursal. An\u00e1lisis integral de art. 273 de la ley 24.522. Facultades o poderes de la jurisdicci\u00f3n. Atribuciones del juez concursal. Sistema recursivo concursal. Domicilio procesal. Domicilio ficto legal. T\u00e9rminos y plazos procesales. Eximici\u00f3n de derechos y tasas en tramitaciones. Carga de la prueba. Legajo de copias: art. 279 L.C. Facultades del juez concursal. Facultades de la sindicatura. Cosa Juzgada, clasificaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n de sentencias firmes. Sentencia de homologaci\u00f3n de acuerdo. Sentencia de quiebra: contenido, medidas procesales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Derecho Concursal III:<\/strong> Continuaci\u00f3n de la explotaci\u00f3n de la empresa. Realizaci\u00f3n de los bienes. Formas de realizaci\u00f3n. M\u00e9todos de ventas. Concurso Especial. Informe final. Proyecto de distribuci\u00f3n. Pago del dividendo concursal. Caducidad. Hip\u00f3tesis de la quiebra por extensi\u00f3n. R\u00e9gimen de honorarios. Clausura\u00a0 o conclusi\u00f3n de la quiebra. Distintas formas. Efectos. Inhabilitaci\u00f3n. Reapertura del procedimiento. Nueva quiebra. Quiebra de entidades deportivas y otros reg\u00edmenes especiales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>\u00c9tica y Deontolog\u00eda<\/strong>: \u00c9tica y deontolog\u00eda. Concepto. \u00c9tica profesional. Deberes y derechos del profesional. Responsabilidad profesional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Responsabilidad Civil y Penal del S\u00edndico y otros Participes en un Proceso Concursal<\/strong>: Teor\u00eda general de la responsabilidad. Factores de atribuci\u00f3n: objetivos (riesgo, equidad, garant\u00eda) y subjetivos (dolo y culpa). Responsabilidad por el hecho propio y ajeno. Da\u00f1o causado por las cosas. El s\u00edndico concursal. Alcances de su responsabilidad. R\u00e9gimen sancionatorio. Conducta dolosa y culposa. Responsabilidad de terceros: fallido, administradores, c\u00f3mplices. Extensi\u00f3n. Tr\u00e1mite. Prescripci\u00f3n de la acci\u00f3n. Responsabilidad de los socios, s\u00edndicos societarios y otros responsables. Acciones de responsabilidad concursal y societaria. Medidas precautorias. Responsabilidad fiscal y penal. Sistema de inhabilitaciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Jurisprudencia:<\/strong> Los fallos a tratar ser\u00e1n propuestos por los docentes a cargo utilizando los m\u00e1s recientes que abarquen: apertura del concurso preventivo; verificaci\u00f3n de cr\u00e9ditos; privilegios; plazos para revisar; propuestas de acuerdo; pronto pago laboral; realizaci\u00f3n de bienes; proyecto de distribuci\u00f3n; regulaci\u00f3n de honorarios; concurso especial; r\u00e9gimen de inhabilitaci\u00f3n; fijaci\u00f3n de la FICP; continuaci\u00f3n de la explotaci\u00f3n; extensi\u00f3n de la quiebra, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Pr\u00e1ctica Concursal<\/strong>: Entrenar a los alumnos en la pr\u00e1ctica concursal con casos reales con distintos sistemas: a) Pasant\u00eda con un s\u00edndico\/estudio concursal en ejercicio, b) Estudio de expedientes en tr\u00e1mite sobre los cuales deber\u00e1n realizar los informes requeridos por la ley concursal y\/o analizar los presentados por la sindicatura<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Trabajo final<\/strong>: Cuando el estudiante haya aprobado la totalidad de las actividades curriculares descriptas en el plan de estudio quedar\u00e1 habilitado para presentar el trabajo final.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El trabajo final consistir\u00e1 en un estudio de caso, o una monograf\u00eda donde el alumno demuestre la integraci\u00f3n de las competencias desarrolladas a lo largo del cursado y ser\u00e1 un trabajo individual, de elaboraci\u00f3n propia y original. El trabajo deber\u00e1 ser expuesto, ampliado y defendido por el autor ante un tribunal formado a tal efecto.<\/p>\n<h2 style=\"text-align: justify\">Comit\u00e9 Acad\u00e9mico:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\">. Dr. Francisco Junyent Bas<br \/>\n. Esp. Celina Mar\u00eda Mena<br \/>\n<strong>. <\/strong>Esp. Eliseo Blas P\u00e9rez<\/p>\n<h2 style=\"text-align: justify\">Cuerpo Estable de Docentes:<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Ana Mar\u00eda Mena de Bulacio. <\/strong>Abogado: UNT,\u00a0 Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, a\u00f1o 1982 &#8211; Procurador: UNT, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, a\u00f1o 1981 &#8211; Escribano: UNT,\u00a0 Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, a\u00f1o 1981 &#8211; Especialista en Sindicaturas Conc\u00farsales: UNT-Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas, a\u00f1o 2000<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Mg. Luis Antonio Godoy.<\/strong>\u00a0Contador P\u00fablico Nacional. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, el 2 de Setiembre de 1971 &#8211; Magister en Auditor\u00eda de Sistemas. Universidad del Salvador Buenos Aires. 02\/2001.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Abog. Mar\u00eda Elena Marchese de Posleman. <\/strong>Abogada (UNT) Escribana (UNT).\u00a0Doctorado en Derecho P\u00fablico y Econom\u00eda de Gobierno de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT. Estado actual del tr\u00e1mite: a designaci\u00f3n de jurado para la defensa de la tesis<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Luis Antonio Forns. <\/strong>Contador P\u00fablico Nacional, Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, 22 de julio 1.983 &#8211; Especialista en Tributaci\u00f3n (UNT, 1997).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dra. Hilda Graciela V\u00e1zquez. <\/strong>Procurador (UNT, 1976) &#8211; Escribano (UNT, 1977) &#8211; Abogado. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n. 1978<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Eduardo M. Nieto. <\/strong>Contador P\u00fablico Nacional \u2013 Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la UNT, 1972 &#8211; Especialista en Sindicaturas Concursales \u2013 Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la UNT \u2013 2000.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Mg. Jorge Rospide. <\/strong>Licenciado en Administraci\u00f3n de Empresas, t\u00edtulo otorgado por la UNT a\u00f1o 1996 &#8211; Magister en Finanzas t\u00edtulo otorgado por la Universidad de Chile<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Adriana de F\u00e1tima Romani. <\/strong>Contador P\u00fablico Nacional. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas- Universidad Nacional de Tucum\u00e1n &#8211; Agosto de 1982 &#8211; Especialista en Sindicaturas Concursales. Egresada 2004<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Celina Mar\u00eda Mena.<\/strong> <strong>Directora. <\/strong>\u00a0Contador P\u00fablico Nacional &#8211;\u00a0 Fac. Cs. Econ\u00f3micas\u00a0 &#8211; UNT. 1982 &#8211; Especialista en Sindicaturas Concursales &#8211;\u00a0 Fac.Cs. Econ\u00f3micas &#8211; UNT. 1989<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Adriana M. Jim\u00e9nez. <\/strong>Contador P\u00fablico Nacional -Universidad Nacional de Tucum\u00e1n.1979 &#8211; Especialista en Sindicaturas Concursales &#8211; Universidad Nacional de Tucum\u00e1n.1989.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Eliseo Blas P\u00e9rez.<\/strong>\u00a0Contador P\u00fablico Nacional. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas (U.N.T.) &#8211; Especialista en Sindicaturas Concursal. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas (U.N.T.)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dr. Miguel Eduardo Marcotullio. <\/strong>Abogado. Expedido por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, 06\/11\/1978, registro n\u00ba 1491 &#8211; Diploma de estudios avanzados (DEA).- Expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Espa\u00f1a, en el programa doctoral denominado \u201cESTUDIOS AVANZADOS EN DERECHO P\u00daBLICO Y PRIVADO\u201d, ciclo 1997\/1999.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Mg. Myriam Lilian Cecilia de Marco.<\/strong> Contador P\u00fablico Nacional. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas. UNT. 1983. &#8211; Maestr\u00eda en Administraci\u00f3n .Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas. UNT. 20\/12\/2000 &#8211; Maestr\u00eda\u00a0 en Administraci\u00f3n. Centro de Alta Formaci\u00f3n en Econom\u00eda y Negocios. 1996\/1998<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Mg. Giovana Elsa del Carmen Cristofaro.<\/strong> Abogada, Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, 1996 &#8211; Procuradora, Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, 1994 &#8211; Magister en Derecho Empresario. Universidad Austral, 2013 &#8211; Mediadora: Curso Introductorio, Entrenamiento y Pasant\u00eda en Mediaci\u00f3n y Resoluci\u00f3n Alternativa de Conflictos,\u00a0 Buenos Aires, 1996.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dr. Carlos Caramuti. <\/strong>ABOGADO, 1978 Y PROCURADOR, 1980 &#8211; Expedidos por la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n\u00a0\u00a0 &#8211; ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO PENAL-\u00a0 Carrera cursada por Convenio entre la Universidad\u00a0\u00a0 Nacional de Litoral y la Universidad Nacional de\u00a0 Tucum\u00e1n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dra. Fedra Lagos.<\/strong> Procurador. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales UNT &#8211; 2003\u00a0\u00a0 ABOGADO. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales UNT &#8211; 2011-2012 Curso de posgrado de Administraci\u00f3n de Sistemas Judiciales de Gesti\u00f3n Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires-. 2011-2012 curso de posgrado de Administraci\u00f3n de Sistemas Judiciales de Gesti\u00f3n Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires-.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Juan Marcelo Villoldo. <\/strong>Contador P\u00fablico. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas. Universidad de Buenos Aires &#8211; (Julio 1997) &#8211; Especialista en Sindicatura Concursal. Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas. Universidad de Buenos Aires &#8211; (Diciembre\u00a0 2003).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Esp. Sergio Gabriel Ruiz.<\/strong> Abogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de C\u00f3rdoba (1998) &#8211; Procurador egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de C\u00f3rdoba (1998) &#8211; Doctorando en la Carrera de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de C\u00f3rdoba &#8211; Especialista en Derecho de los Negocios. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de C\u00f3rdoba, 2006.<\/p>\n<p><strong>Dr. Gabriel Feldman. <\/strong>Doctor en Ciencias Econ\u00f3micas (UBA) en sub-\u00e1rea Finanzas (2021).<br \/>\nMag\u00edster en Disciplinas Bancarias 1997. Convenio Universidad Nacional de La Plata (Argentina) \u2013 Universidad de Siena (Italia) \u2013 Contador P\u00fablico Nacional \u00a0Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, 1993.<\/p>\n<p><strong>Nicol\u00e1s J. Di Lella. <\/strong>Secretario letrado relator en Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucum\u00e1n. Doctor en Derecho (UCA). Pos-Doctorando, Universidad de Bologna, Italia (2023-2024). Mag\u00edster en \u201cDerecho Empresario\u201d y en \u201cMagistratura y Derecho Judicial\u201d (ambas de Univ. Austral). Mag\u00edster en \u201cJusticia Constitucional y DDHH\u201d (Univ. Bologna, Italia). Profesor de grado (USAL, UNSTA, USPT) y de posgrado (UCA, UADE, Austral, UNR, UNT, USPT, UNSTA) en Derecho Societario y Concursal. Autor de 5 libros y m\u00e1s de 40 arts. de doctrina en Derecho Civil y Comercial. Director de m\u00e1s de 20 tesis de Maestr\u00eda en Univ. Austral y jurado evaluador de tesis en Doctorado y Maestr\u00edas en Univ. Austral y UCA.<\/p>\n<p><strong>Dra. Cristina F\u00e1tima Hurtado.\u00a0 <\/strong>Abogada(22\/03\/95) &#8211; Procuradora (27\/05\/97) y Escribana (27\/05\/97) Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n. Especialista en Sindicatura Concursal (21\/07\/03) Facultad de Ciencias Econ\u00f3micas de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n.<\/p>\n<h2>Profesores invitados<\/h2>\n<p><strong>Dr. Francisco Junyent Bas<\/strong><strong>.<\/strong> Doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Nacional de C\u00f3rdoba. 28 de noviembre de 1995 &#8211; Abogado. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de C\u00f3rdoba el 29 de octubre de 1970.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dr. Marcelo Barreiro.<\/strong> Abogado y Procurador (UBA)<em> 1985<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Dr. Juan Carlos Veiga.<\/strong>\u00a0Abogado, otorgado por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucum\u00e1n, el 18 de Setiembre de 1968 &#8211; Doctor en Derecho, (Sobresaliente \u201ccum laude\u201d) otorgado Universidad Complutense de Madrid, el 28 de Junio de 2001 &#8211; Doctorado en Ciencias Jur\u00eddicas, organizado por la Universidad Cat\u00f3lica de Santa Fe. Aprobado sin presentaci\u00f3n de Tesis Doctoral, a\u00f1o 1994.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><strong>Mg. Antoni Piossek Carlos Roberto. <\/strong>Abogado recibido en 1976. Estudio Universitario: Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT &#8211; Especializaci\u00f3n en Sindicaturas Concursales \u2013 UNT (1993). Maestr\u00eda en Magistratura y Gesti\u00f3n Judicial \u2013 UNSTA (2005).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div style=\"text-align: justify\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Carrera Acreditada por la CONEAU IF-2018-12440407-APN-CONEAU#ME Res. 2019 &#8211; 2498 &#8211; APN &#8211; ME<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[1235,1237],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21577"}],"collection":[{"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21577"}],"version-history":[{"count":14,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21577\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":22574,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21577\/revisions\/22574"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21577"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21577"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/face.unt.edu.ar\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21577"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}